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Article 9

De La Certificación De Los Cursos Especiales

Decreto 33 de 1990 · por el cual se establecen los requisitos mínimos para el desempeño de los empleos públicos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden Nacional.

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01

Text of the article

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° De la certificación de los cursos especiales. Los certificados de cursos especiales deberán ser expedidos por la autoridad competente de las respectivas entidades oficiales o privadas que los impartieron. Los certificados deberán como mínimo, contener, los siguientes datos

a)

Nombre o razón social de la entidad;

b)

Nombre y contenido del curso, seminario o área de entrenamiento;

c)

Intensidad horaria, teórica y práctica;

d)

Fechas de realización;

e)

Resultados de la evaluación, si la hubiere;

f)

Clase de participación. La capacitación o adiestramiento adquirida por comisión oficial y recibida en el exterior se comprobará con copia auténtica tanto del acto administrativo de comisión como del certificado de aprobación del curso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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