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Article 19

Los Aranceles Aduaneros Sobre Las Importaciones De Productos Agrícolas Procesados Originarios De Un Estado Aelc, Comprendidos En Las Líneas Arancelarias De La Categoría De Desgravación G En El Artículo 21 Del Presente Decreto, Tendrán Una Reducción De Cinco (5) Puntos Porcentuales Sobre El Arancel Base Y Mantendrán El Arancel Del Quince Por Ciento (15%) A Partir De La Fecha De Entrada En Vigor Del Acuerdo

Decreto 29 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la República de Islandia, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y el Reino de Noruega, y el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza

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01

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°. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de Productos Agrícolas Procesados originarios de un Estado AELC, comprendidos en las líneas arancelarias de la categoría de desgravación G en el artículo 21 del presente Decreto, tendrán una reducción de cinco (5) puntos porcentuales sobre el arancel base y mantendrán el arancel del quince por ciento (15%) a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo. Tasa Base A partir del Año 1 20% 15,0%

02

Constitutional history

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