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Article 2

Decreto 1281 de 1997 · por medio del cual se crea la Dirección de Control Interno Disciplinario del Ministerio de Relaciones Exteriores.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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º . Son funciones de la Dirección de Control Interno Disciplinario: 1º. Adelantar actividades orientadas hacia la prevención de la Comisión de faltas disciplinarias por parte del personal al servicio del Ministerio. 2º. Instruir, asesorar y coordinar con el jefe inmediato del funcionario investigado sobre el trámite de la investigación de su competencia, de conformidad con lo señalado por el artículo 61 de la Ley 200 de 1995. 3º. Conocer y fallar en primera instancia, los procesos disciplinarios y tramitar los demás asuntos disciplinarios, contra funcionarios y exfuncionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, en todos sus niveles. 4º. Vigilar y coordinar el Sistema de Quejas y Reclamos del Ministerio de Relaciones Exteriores, en desarrollo de la Ley 190 de 1995. 5º. Las demás funciones que señale la Ley 200 de 1995 y que por su condición sean afines con la naturaleza de esta oficina.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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