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Article 5

De Los Requisitos Para El Ejercicio De Los Empleos

Decreto 2503 de 1998 · por el cual se establece la naturaleza general de las funciones y los requisitos generales para los diferentes empleos públicos de las entidades del Orden Nacional a las cuales se aplica la Ley 443 de 1998 y se dictan otras disposiciones.

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°. De los requisitos para el ejercicio de los empleos. El Gobierno Nacional, al establecer los grados salariales correspondientes a cada denominación de empleo, deberá fijar los requisitos generales con sujeción a los mínimos y a los máximos aquí señalados, así: a)Directivo : Mínimo: título universitario y experiencia profesional. Máximo: título universitario y título de especialización o postgrado y experiencia profesional. La experiencia profesional se determinará conforme con el perfil del empleo. b) Asesor : Mínimo: título universitario y experiencia profesional. Máximo: título universitario y título de especialización o postgrado y experiencia profesional. La experiencia profesional se determinará conforme con el perfil del empleo. c) Ejecutivo : Mínimo: título universitario y experiencia profesional. Máximo: título universitario y título de especialización o postgrado y experiencia profesional. La experiencia profesional se determinará conforme con el perfil del empleo. d)Profesional: Mínimo: título universitario. Máximo: título universitario y título de especialización o postgrado y experiencia profesional. La experiencia profesional se determinará conforme con el perfil del empleo. Técnico: Mínimo: diploma de bachiller en cualquier modalidad. Máximo: título de formación tecnológica o tecnológica especializada o aprobación de cuatro (4) años de educación superior y experiencia laboral. La experiencia laboral se determinará conforme con el perfil del empleo. f)Asistencial: Mínimo: educación básica primaria y curso específico relacionado con las funciones del cargo Máximo: título de formación técnica profesional y experiencia laboral. La experiencia laboral se determinará conforme con el perfil del empleo.

Parágrafo

Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentados, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.

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Constitutional history

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