A partir de la vigencia del presente Decreto se crea un Comité Consultivo Técnico de Alimentos para Animales, compuesto por sendos representantes del Ministerio de agricultura, del Instituto de Investigaciones Tecnológicas, del Instituto Colombiano Agropecuario, del Instituto Colombiano de Normas Técnicas, de la Asociación Colombiana de Fabricantes de Alimentos para Animales, y de los Fabricantes de Alimentos para Animales, y de los fabricantes no asociados, nombrado éste último por el Ministerio. Este comité asesorará al Ministerio en las funciones que le asigne por resolución
Article 19
A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Se Crea Un Comité Consultivo Técnico De Alimentos Para Animales, Compuesto Por Sendos Representantes Del Ministerio De Agricultura, Del Instituto De Investigaciones Tecnológicas, Del Instituto Colombiano Agropecuario, Del Instituto Colombiano De Normas Técnicas, De La Asociación Colombiana De Fabricantes De Alimentos Para Animales, Y De Los Fabricantes De Alimentos Para Animales, Y De Los Fabricantes No Asociados, Nombrado Éste Último Por El Ministerio
Decreto 1206 de 1967 · Por el cual se reglamenta la industria de alimentos para animales
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