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Article 6

Permanencia En Las Residencias Para La Recolección En Hogares

Decreto 1899 de 2017 · por el cual se establecen las directrices para el desarrollo del Censo Nacional de Población y de Vivienda, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. PERMANENCIA EN LAS RESIDENCIAS PARA LA RECOLECCIÓN EN HOGARES. Es obligación de todas las personas, nacionales y extranjeras, domiciliadas o residentes en Colombia permanecer en sus viviendas durante las horas y en el día que el DANE solicite de conformidad con las fases del censo y los respectivos planes operativos de recolección de información.

Parágrafo 1

El DANE con propósitos operativos ha dividido el territorio nacional en áreas operativas, que corresponden a grupos específicos de manzanas o viviendas, en donde de conformidad con las fases del censo y los respectivos planes operativos se recolectará la información del Censo Nacional de Población y de Vivienda.

Parágrafo 2

El DANE notificará con anterioridad, la fecha y hora en la cual se realizará la visita en cada área operativa, para llevar a cabo el operativo censal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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