La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero procederá a organizar en el Archipiélago de San Andrés y Providencia, una sociedad seccional, de crédito, que servirá preferentemente para productores de cocos, y que tendrá dentro de sus objetivos e de recoger todos los productos y venderlos en los mercados de consumo interiores o del Exterior, pudiendo establecer, si fuese necesario, una fábrica de copra, a fin de que los isleños aprovechen todo el beneficio de su industria de cocos. Autorizase a la caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero para invertir hasta veinticinco mil pesos ($ 25.000) en la formación e instalación de esta sociedad seccional de productores de cocos.
Ley 94 de 1936 →In force
Article 15
Ley 94 de 1936 · Por la cual se faculta al Gobierno Nacional para rebajar los derechos de importación a algunas drogas, se modifican algunos numerales del Arancel Aduanero y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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