JurídicoESEN

Article 6

Decreto 3018 de 1959 · Por el cual se reglamenta la ley 20 de 1959, sobre parcelaciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo sexto. Corresponde al Ministerio de Agricultura calificar la conveniencia económica y social de adquirir una finca para su parcelización o de destinar una zona baldía para colonización. Con este objeto la entidad parceladora deberá suministrar un croquis provisional del terreno por parcelar señalando sus linderos, la ubicación del mismo y su relación con las vías de comunicación y centros de mercados existentes; estudios básicos sobre suelos y abastecimiento de aguas; naturaleza de los cultivos aconsejables en la región; avaluó catastral si lo hubiere, y el comercial de los terrenos parcelables, y los demás datos que sean necesarios para determinar la conveniencia económica y social del proyecto.

Parágrafo

El Ministerio dispondrá de un término no mayor de un mes para rendir su concepto, si este no fuere rendido dentro de ese término, se entenderá que encuentra conveniente la adquisición o destinación de las tierras en cuestión.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3018 de 1959