ARTICULO 14. El Jefe de la División Administrativa, es competente para
1.
Ejercer las atribuciones señaladas en el artículo 17 del Decreto 2145 de 1992.
2.
Las demás que le sean asignadas por ley, decreto o reglamento. Dirección General de Empleo.
El Jefe De La División Administrativa, Es Competente Para: 1
Decreto 1741 de 1993 · por el cual se asignan competencias a las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
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ARTICULO 14. El Jefe de la División Administrativa, es competente para
Ejercer las atribuciones señaladas en el artículo 17 del Decreto 2145 de 1992.
Las demás que le sean asignadas por ley, decreto o reglamento. Dirección General de Empleo.
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