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Article 17

Viceministerio De Talento Y Apropiación Social Del Conocimiento

Decreto 1449 de 2022 · por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones.

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01

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Viceministerio de Talento y Apropiación Social del Conocimiento . Son funciones del Despacho del Viceministerio de Talento y Apropiación Social del Conocimiento, además de las señaladas en la Ley, las siguientes

1.

Asesorar al Ministro en el proceso de formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas de CTel, relacionadas con capacidades en CTel en las regiones, formación de capital humano de alto nivel, redes y apropiación del conocimiento.

2.

Coordinar el diseño de las políticas de CTel relacionadas con capacidades regionales, formación de capital humano de alto nivel, redes y apropiación del conocimiento y hacer seguimiento a su implementación y evaluación.

3.

Proponer y asistir al Ministro, en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica, en la elaboración y seguimiento a proyectos de actos legislativos y de ley ante el Congreso de la República, relacionados con las materias de su competencia.

4.

Liderar y elaborar, con el apoyo de la Oficina Asesora de Planeación e Innovación Institucional, el diseño de herramientas e instrumentos para la evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio, relacionados con capacidades regionales, formación de capital humano de alto nivel, redes y apropiación del conocimiento.

5.

Impartir lineamientos, en coordinación con la Dirección de Gestión de Recursos para la CTel, para el diseño de instrumentos y mecanismos que permitan financiar los programas, proyectos y actividades de CTel relacionados con las capacidades regionales, formación de capital humano de alto nivel, redes y apropiación del conocimiento.

6.

Liderar el diseño e implementación de los instrumentos y mecanismos para la ejecución de los programas, proyectos y actividades de CTel relacionados con las capacidades regionales, formación de capital humano de alto nivel, redes y apropiación del conocimiento con el apoyo de las dependencias del Ministerio.

7.

Identificar y proponer áreas, focos y misiones para promover las capacidades regionales, la formación de capital humano de alto nivel, redes y apropiación del conocimiento, que conduzcan a la construcción e implementación de agendas para el desarrollo estratégico del país.

8.

Articular, con los Ministerios de Educación Nacional, de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y del Trabajo, la formulación e implementación de la política integral de innovación educativa.

9.

Articular, con el Ministerio de Educación Nacional, las estrategias, planes, programas y proyectos que, en temáticas relacionadas con el fomento de la formación de capital humano de alto nivel, diseñen las direcciones adscritas al Viceministerio.

10.

Articular, con los Ministerios de Educación _Nacional y del Trabajo, el desarrollo de vocaciones, formación y capacidades en CTel, en la educación básica, profesional y para el trabajo.

11.

Liderar y coordinar la definición de estrategias para la conformación y consolidación de alianzas y redes entre la Universidad, Empresa, Estado y Sociedad, que favorezcan la cultura y la apropiación del conocimiento en el país.

12.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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