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Article 5

La Caja Nacional De Previsión Social Y El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Darán Preferencia En La Selección De Sus Funcionarios A Quienes Actualmente Prestan Sus Servicios En La Sección De Pensiones De La Dirección General Del Presupuesto, Sección Que Desaparecerá Junto Con Su Planta De Personal, Cuando Se Efectúe El Traslado De Funciones, Ordenado En El Presente Decreto

Decreto 81 de 1976 · Por el cual se trasladan unas funciones a la Caja Nacional de Previsión Social

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Text of the article

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° La Caja Nacional de Previsión Social y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público darán preferencia en la selección de sus funcionarios a quienes actualmente prestan sus servicios en la Sección de Pensiones de la Dirección General del Presupuesto, Sección que desaparecerá junto con su planta de personal, cuando se efectúe el traslado de funciones, ordenado en el presente Decreto

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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