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Article 16

Terminación O Pérdida Del Beneficio

Decreto 2340 de 2003 · por el cual se reglamenta la Ley 789 de 2002 en lo relacionado con la administración y gestión de los recursos para el crédito y se dictan medidas para acceder a los beneficios del Fondo para el Fomento del Empleo y Protección al Desempleado.

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01

Text of the article

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Terminación o pérdida del beneficio. Los beneficios o subsidios del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección al Desempleado, se terminarán en los siguientes casos

1.

Obtención por parte del beneficiario de un nuevo empleo.

2.

Reincorporación al trabajo por parte del beneficiario cesante.

3.

Rechazo por parte del beneficiario de una oferta de colocación adecuada a su formación académica.

4.

Llamado al beneficiario al Servicio Militar Obligatorio.

5.

Recepción de otra remuneración por trabajo.

6.

Condena penal que implique privación de la libertad.

7.

Los empleados que sean objeto de planes de retiro.

8.

Muerte del Trabajador.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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