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Article 13

Inversiones

Ley 7 de 1990 · por la cual se dictan normas sobre la naturaleza jurídica, objeto, estructura y vigilancia de los Fondos Ganaderos y se asignan unas funciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los Fondos Ganaderos podrán comprar propiedades rurales adquirir o construir inmuebles para sus oficinas y almacenes.

Para realizar estas inversiones se requerirá concepto previo y favorable de la Superintendencia de Sociedades, supeditado el mismo a que la inversión no afecte el normal desarrollo de las actividades contempladas en el objeto social, del crecimiento de sus activos y las normas de una sana política financiera y administrativa.

Cuando no se acometa directamente inversiones en mataderos, frigoríficos, industrias de derivados de las especies de su objeto social y plazas de ferias, sólo podrán invertir hasta el 20% del capital y reserva legal en personas jurídicas que estén constituidas o se constituyan para tales fines.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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