º El Estado garantizará la igualdad de oportunidades y derechos laborales a las personas inválidas física, mental o sensorialmente, conforme al Convenio número 159 suscrito con la organización Internacional del Trabajo y las disposiciones vigentes sobre la materia.
Article 1
º El Estado Garantizará La Igualdad De Oportunidades Y Derechos Laborales A Las Personas Inválidas Física, Mental O Sensorialmente, Conforme Al Convenio Número 159 Suscrito Con La Organización Internacional Del Trabajo Y Las Disposiciones Vigentes Sobre La Materia
Decreto 2177 de 1989 · Por el cual se desarrolla la Ley 82 de 1988, aprobatoria del Convenio número 159, suscrito con la Organización Internacional del Trabajo, sobre readaptación profesional y el empleo de personas inválidas.
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