Los Oficiales de las Fuerzas de Policía que desempeñaren cargos orgánicamente asignados a oficiales de mayor graduación, cumplirán en éstos el requisito del cargo exigido, de acuerdo con lo preceptuado en este estatuto para el ascenso al grado inmediatamente superior. TITULO 3º CAPITULO PRIMERO De las asignaciones y primas. Retiros y sus prestaciones SEPARACIÓN
Decreto 2295 de 1954 →In force
Article 31
Los Oficiales De Las Fuerzas De Policía Que Desempeñaren Cargos Orgánicamente Asignados A Oficiales De Mayor Graduación, Cumplirán En Éstos El Requisito Del Cargo Exigido, De Acuerdo Con Lo Preceptuado En Este Estatuto Para El Ascenso Al Grado Inmediatamente Superior
Decreto 2295 de 1954 · Por el cual se organiza la carreta profesional de los Oficiales de las Fuerzas de Policía
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01
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02
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