° El glogo de terreno que adquiera el Municipio de Girardot por delegación de la Nación y con los fondos nacionales que para tal efecto se le entreguen, se destinará exclusivamente a la construcción del "Barrio Obrero" de Girardot, sin que con la inversión nacional quede relevado el Municipio de la obligación de dar cumplimiento a las leyes vigentes sobre construcción de barrios obreros en los Municipios.
Article 4
El Glogo De Terreno Que Adquiera El Municipio De Girardot Por Delegación De La Nación Y Con Los Fondos Nacionales Que Para Tal Efecto Se Le Entreguen, Se Destinará Exclusivamente A La Construcción Del "barrio Obrero" De Girardot, Sin Que Con La Inversión Nacional Quede Relevado El Municipio De La Obligación De Dar Cumplimiento A Las Leyes Vigentes Sobre Construcción De Barrios Obreros En Los Municipios
Decreto 1045 de 1946 · por el cual se reglamenta, en parte, la Ley 238 de 1938, en cuanto la Nación contribuye a la formación del "Barrio Obrero" en la ciudad de Girardot.
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