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Article 463

: Para El Personal Del Grupo De Colonización Del Amazonas, Caquetá Y Putumayo: Del Director Jefe Del Grupo, A $ 300 Mensuales, En Los Dos Primeros Meses Del Año, Y A $ 600 En Los Diez Meses Restantes 6,600 Del Oficial De Colonización, A $ 350 Mensuales 4,200 Para Viáticos Y Medicinas De Este Personal 1,200 Total 12,000 Del Artículo 461: Para Personal De Las Lanchas Que Navegan En Los Ríos Putumayo ,y Amazonas, Así: Del Comandante Del Vapor Nariño , A $ 300 Mensuales 3,600 Del Comandante De La Lancha Huila , A $ 150 Mensuales 1,800 Del Médico, A $ 300 Mensuales, En Diez Meses 3,000 Para Personal Y Alimentación De Los Tripulantes De Las Dos Embarcaciones 5,736 Para Completar El Personal Del Vapor Nariño Y Su Alimentación, En El Viaje Que Debe Efectuar De Manaos, En Donde Hoy Se Encuentra, A Caucayá 3,000 Para Combustible Y Lubricante De Las Embarcaciones 2,864 Total 20,000 Comuníquese Y Publíquese

Decreto 207 de 1930 · Por el cual se distribuyen unas partidas globales votadas en la ley de apropiaciones de la actual vigencia

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Artículo único. Distribúyense las partidas votadas en los artículos 463 y 464 del capítulo 39 del Presupuesto correspondiente a la vigencia en curso, en la forma siguiente: a) Artículo 463: Para el personal del Grupo de Colonización del Amazonas, Caquetá y Putumayo: Del Director Jefe del Grupo, a $ 300 mensuales, en los dos primeros meses del año, y a $ 600 en los diez meses restantes 6,600 Del Oficial de Colonización, a $ 350 mensuales 4,200 Para viáticos y medicinas de este personal 1,200 Total 12,000 Del Artículo 461: Para personal de las lanchas que navegan en los ríos Putumayo ,y Amazonas, así: Del Comandante del vapor Nariño , a $ 300 mensuales 3,600 Del Comandante de la lancha Huila , a $ 150 mensuales 1,800 Del Médico, a $ 300 mensuales, en diez meses 3,000 Para personal y alimentación de los tripulantes de las dos embarcaciones 5,736 Para completar el personal del vapor Nariño y su alimentación, en el viaje que debe efectuar de Manaos, en donde hoy se encuentra, a Caucayá 3,000 Para combustible y lubricante de las embarcaciones 2,864 Total 20,000 Comuníquese y publíquese.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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