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Article 16

Subdirección De Producción

Decreto 272 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Salud, INS, y se determinan las funciones de sus dependencias.

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Text of the article

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Subdirección de Producción . Son funciones de la Subdirección de Producción, las siguientes

1.

Realizar directa o indirectamente el desarrollo biotecnológico y la producción de insumos críticos para la salud pública.

2.

Producir directa o indirectamente reactivos, biomodelos, productos biológicos, químicos y farmacéuticos e insumos críticos necesarios para los programas prioritarios de vigilancia y control en salud pública.

3.

Promover el desarrollo y evaluación de biotecnología de interés en salud pública.

4.

Garantizar las Buenas Prácticas de Manufactura, BPMs, y los estándares de Calidad de los productos del Instituto Nacional de Salud.

5.

Brindar la información requerida sobre composición, indicadores, modo de empleo, dosificación, inmunidad, contraindicaciones y otras que se le solicite sobre los productos.

6.

Participar en la planeación de actividades, relacionadas con la optimización, desarrollo e implementación de procesos y productos.

7.

Coordinar la formulación de los Planes de Acción y Planes de Calidad, mediante los cuales se programarán las actividades y los recursos físicos y humanos necesarios para cumplir con las funciones de la dependencia.

8.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. CAPITULO III Organos de asesoría y coordinación

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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