JurídicoESEN

Article 17

Previo Acuerdo Entre El Gobierno Y La Empresa, Aquél Podrá Pignorar Los Productos Libres De Ésta Para Garantizar Empréstitos Internos O Externos Destinados A La Ampliación De Los Servicios, A La Compra De Empresas De Telecomunicaciones O Telefonía Existentes En El País, O Para Garantizar El Pago De Las Obligaciones Que La Empresa Adquiera Con Casas O Compañías Que Le Suministren Equipos, Repuestos, Y En General, Elementos Para Su Adecuada Dotación Y Ampliación

Decreto 247 de 1946 · reglamentario de la Ley 83 de 1945, “por la cual se organiza la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones.”

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Previo acuerdo entre el Gobierno y la Empresa, aquél podrá pignorar los productos libres de ésta para garantizar empréstitos internos o externos destinados a la ampliación de los servicios, a la compra de empresas de telecomunicaciones o telefonía existentes en el país, o para garantizar el pago de las obligaciones que la Empresa adquiera con casas o compañías que le suministren equipos, repuestos, y en general, elementos para su adecuada dotación y ampliación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 247 de 1946