Previo acuerdo entre el Gobierno y la Empresa, aquél podrá pignorar los productos libres de ésta para garantizar empréstitos internos o externos destinados a la ampliación de los servicios, a la compra de empresas de telecomunicaciones o telefonía existentes en el país, o para garantizar el pago de las obligaciones que la Empresa adquiera con casas o compañías que le suministren equipos, repuestos, y en general, elementos para su adecuada dotación y ampliación.
Article 17
Previo Acuerdo Entre El Gobierno Y La Empresa, Aquél Podrá Pignorar Los Productos Libres De Ésta Para Garantizar Empréstitos Internos O Externos Destinados A La Ampliación De Los Servicios, A La Compra De Empresas De Telecomunicaciones O Telefonía Existentes En El País, O Para Garantizar El Pago De Las Obligaciones Que La Empresa Adquiera Con Casas O Compañías Que Le Suministren Equipos, Repuestos, Y En General, Elementos Para Su Adecuada Dotación Y Ampliación
Decreto 247 de 1946 · reglamentario de la Ley 83 de 1945, “por la cual se organiza la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones.”
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