JurídicoESEN

Article 57

Los Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Mediante El Cumplimiento De Los Requisitos Establecidos En Este Decreto, Podrán Ascender En La Siguiente Forma: 1

Decreto 3071 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos en este Decreto, podrán ascender en la siguiente forma

1.

Ejército

a)

Oficiales de las Armas hasta el grado de General.

b)

Oficiales de los Servicios hasta el grado de Brigadier General.

c)

Suboficiales de las Armas y Servicios hasta el grado de Sargento Mayor. Armada. a. Oficiales del Cuerpo Ejecutivo hasta el grado de Almirante. b . Oficiales del Cuerpo de Ingenieros hasta el grado de Contralmirante. c . Oficiales del Cuerpo de los Servicios hasta el grado de Contralmirante. d . Oficiales del Cuerpo de Infantería de Marina hasta el grado de Brigadier General. e. Suboficiales hasta el grado de Suboficial Jefe Técnico o Sargento Mayor de Infantería de Marina.

2.

Fuerza Aérea

a)

Oficiales de vuelo Pilotos hasta el grado de General.

b)

Oficiales de vuelo Especialistas y de Apoyo de vuelo hasta el grado de Brigadier General.

c)

Suboficiales hasta el grado de Suboficial Técnico jefe o Sargento Mayor de Infantería de Aviación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3071 de 1968