ARTICULO 24. El producto de los reintegros de sobrantes consignados en la Dirección General de Tesorería, en la cuenta de Recursos no Apropiados, no tendrán destinación específica y podrán servir de base para la apertura de créditos adicionales en el Presupuesto General de la Nación
Article 24
El Producto De Los Reintegros De Sobrantes Consignados En La Dirección General De Tesorería, En La Cuenta De Recursos No Apropiados, No Tendrán Destinación Específica Y Podrán Servir De Base Para La Apertura De Créditos Adicionales En El Presupuesto General De La Nación
Decreto 3106 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
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