JurídicoESEN

Article 10

Decreto 3638 de 2005 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras poseen en la Productora de Papeles S. A., Propal.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Pignoración de Acciones. Con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones que surjan a favor de los Enajenantes de que tratan los artículos 7º, 8º y 9º del presente decreto y todas aquellas otras que surjan a cargo de cada uno de los aceptantes que resulten adjudicatarios de las Acciones que se ofrecen en venta, deberán pignorar en primer grado sus Acciones a favor de los Enajenantes, para lo cual suscribirán un contrato de prenda abierta sin tenencia.

Parágrafo 1

Cuando sobre las Acciones se constituya prenda de primer grado para respaldar obligaciones a favor de entidades financieras originadas en créditos concedidos para la compra de dichas Acciones, la prenda abierta sin tenencia que se constituya en favor de los Enajenantes será de segundo grado. La prenda constituida para respaldar las obligaciones contraídas con dichas entidades financieras podrá afectar la totalidad o solo una parte de las Acciones cuyo precio se financia; en este ultimo caso, el aceptante adjudicatario deberá constituir prenda abierta sin tenencia de primer grado en favor de los Enajenantes sobre las Acciones que no hayan sido pignoradas y de segundo grado sobre aquellas que se hubieren otorgado en garantía en favor de dichas entidades financieras.

Parágrafo 2

La prenda de las Acciones conferirá a los Enajenantes los derechos inherentes a la calidad de accionista en caso de cualquier incumplimiento por parte del accionista prendario, o en el evento de que alguna autoridad decrete una medida cautelar sobre las mismas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3638 de 2005