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Article 40

Ley 361 de 1997 · por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas en situación de discapacidad y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

1 ruling reviewed it1 conditionally upheld
01

Text of the article

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Los campos y escenarios deportivos públicos deberán ser facilitados a los organismos oficiales o privados que se dediquen a la educación, habilitación y rehabilitación de personas en condición de discapacidad, previa solicitud por escrito ante Coldeportes o las juntas administradoras del deporte. Estos organismos facilitarán y coordinarán el uso de dichos campos y escenarios deportivos por parte de la población en condición de discapacidad.

Parágrafo

Las juntas directivas de los entes deportivos departamentales y municipales que creen las asambleas y los consejos respectivamente, serán de 6 miembros, uno de ellos deberá ser un representante de la actividad deportiva de las personas en situación de discapacidad. Los demás miembros seguirán designados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 181 de 1995 .

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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