°. Planes de expansión y cobertura como contraprestación . En atención a la finalidad social del Estado, las contraprestaciones que se perciban en materia de telecomunicaciones deben propender por el desarrollo económico y social del país, así como de las redes y servicios de telecomunicaciones. En consecuencia, también se podrá establecer y valorar como contraprestación para el Estado el cumplimiento de las obligaciones que se impongan a los operadores con el objeto de atender planes y programas de expansión o cubrimiento de las redes y servicios de telecomunicaciones, para atender programas de carácter social y educativo, previamente aprobados o establecidos por el Ministerio de Comunicaciones.
Article 6
Planes De Expansión Y Cobertura Como Contraprestación
Decreto 1492 de 1998 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones que se causen y deban pagarse a las entidades concedentes en materia de telecomunicaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros que se otorguen de conformidad con sus facultades y competencias legales, así como los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.