JurídicoESEN

Article 27

Decreto 1088 de 1991 · por el cual se reglamenta el régimen de las instituciones del Subsector Privado del Sector Salud.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Del estudio de factibilidad. Conforme a las exigencias establecidas en el artículo 20 de la Ley 10 de 1990, el estudio de factibilidad, para la obtención de personería Jurídica de las instituciones sin ánimo de lucro que presten servicios de salud deberá contemplar como mínimo los siguientes aspectos

1.

La identificación de la sede en donde funcionará la entidad.

2.

Marco de referencia conceptual, en el que se tengan en cuenta los principios generales consagrados en la Ley 10 de 1990, el presente Decreto y demás normas reglamentarias.

3.

Un análisis de las características ambientales biológicas, sociales, culturales y económicas de la región a la cual la institución pretende servir, tomando en consideración las necesidades de salud de la comunidad según el diagnóstico de la región.

4.

Capacidad de la institución para disponer de personal directivo, administrativo, financiero y científico idóneo, con dedicación especifica y suficiente para el desarrollo de los programas propuestos.

5.

Recursos físicos y financieros con los cuales se cuenta para la ejecución del proyecto, con indicación de las fuentes, destino y uso de los mismos y de los plazos para su recaudo.

6.

Plan de ejecución del proyecto, para el primer año.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1088 de 1991