Excedentes y devoluciones de derechos provisionales. Habrá lugar a devoluciones de derechos provisionales pagados, a la cancelación o al cobro reducido de la garantía establecida para tales efectos, según el caso, cuando:
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) devolverá los excedentes de conformidad con lo previsto en el Título 19 del Decreto número 1165 de 2019, o las normas que la sustituyan, modifiquen o deroguen.
TEXTO CORRESPONDIENTE A