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Article 13

Contribuyentes Del Impuesto Sobre La Renta

Decreto 2064 de 1992 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Contribuyentes del impuesto sobre la renta. - formulario número 2, personas naturales. Por el año gravable de 1992, deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en formulario número 2, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas obligadas a declarar con excepción de las enumeradas en el artículo 6º del presente Decreto, así como los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones y asignaciones modales cuyos donatarios o asignatarios no los usufructúen personalmente. El plazo para presentar la declaración y para cancelar, en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto de renta y complementarios y anticipo de renta, incluyendo el anticipo de la contribución especial, se inicia el 1º de marzo de 1993 y vence en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo a los dos últimos dígitos del NIT del declarante, así: Dos últimos. dígitos hasta el día Dos últimos dígitos: hasta el día 96 a 00 7 de junio/93 71 a 75 15 de junio/93 91 a 95 8 de junio/93 66 a 70 16 de junio/93 86 a 90 9 de junio/93 61 a 65 17 de junio/93 81 a 85 10 de junio/93 56 a 60 18 de junio/93 76 a 80 11 de junio/93 51 a 55 22 de junio/93 46 a 50 6 de julio/93 21 a 25 13 de julio/93 41 a 45 7 de julio/93 16 a 20 14 de julio/93 36 a 40 8 de julio/93 11 a 15 15 de julio/93 31 a 35 9 de julio/93 06 a 10 16 de julio/93 26 a 30 12 de julio/93 01 a 05 19 de julio/93

Parágrafo 1

Las personas naturales residentes en el exterior, podrán presentar la declaración de renta en el país de residencia, ante el cónsul respectivo y efectuar el pago del impuesto y anticipo de renta, incluyendo el anticipo de la contribución especial, en los bancos y demás entidades autorizadas en el territorio colombiano. El plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en el exterior vence el 30 de junio de 1993 y el plazo para cancelar el valor del impuesto y anticipo de renta, incluyendo el anticipo de la contribución especial, vence el 29 de julio de 1993.

Parágrafo 2

Los miembros de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en servicio activo, excluidos los de carácter civil, podrán presentar la declaración de renta y efectuar el pago del impuesto Y el anticipo de renta incluyendo el anticipo de la contribución especial, en los bancos y demás entidades autorizadas del lugar que fijen en la declaración como residencia para efectos de notificaciones o en los que correspondan al lugar donde se encuentren prestando el servicio, dentro de los plazos y condiciones señalados en este artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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