°. Criterio general para el establecimiento de la contraprestación por las autorizaciones. Las contraprestaciones por concepto de las autorizaciones para modificación, ensanche, renovación, ampliación o expansión que se otorguen respecto de redes y servicios de telecomunicaciones, así como respecto de los títulos habilitantes, se establecen como compensación de los gastos administrativos de expedición del acto correspondiente.
Estas contraprestaciones se causarán por cada acto administrativo que se expida, así este contenga una o varias autorizaciones concernientes a la red, al servicio o a la concesión.