Las sociedades están obligadas a conservar en legajos ordenados cronológicamente, todas las cartas que reciban relativas a sus negocios, y anotar en ellas las fechas de la contestación, o la falta de respuesta.
Article 150
Las Sociedades Están Obligadas A Conservar En Legajos Ordenados Cronológicamente, Todas Las Cartas Que Reciban Relativas A Sus Negocios, Y Anotar En Ellas Las Fechas De La Contestación, O La Falta De Respuesta
Decreto 2521 de 1950 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas
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