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Article 213

Si En El Acta Aparecieren Cargos, Se Correrá Traslado De Ellos Al Notario Afectado, Para Que Dentro Del Término De Ocho Días Presente Sus Descargos, Y Aporte Las Pruebas Del Caso, Hasta Dentro De Los Ocho Días Siguientes

Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado

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Text of the article

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Si en el acta aparecieren cargos, se correrá traslado de ellos al Notario afectado, para que dentro del término de ocho días presente sus descargos, y aporte las pruebas del caso, hasta dentro de los ocho días siguientes. Vencido dicho término, la Superintendencia diligenciará las pruebas en quince días, y dentro del mes siguiente dictará resolución, en la que relacionará los cargos que a su juicio no hayan sido desvirtuados, indicará las disposiciones que considere infringidas, expresando la razón de su quebranto, e impondrá la sanción disciplinaria correspondiente, o dará por concluido el trámite, según fuere el caso.

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Constitutional history

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