JurídicoESEN

Article 2

Asígnanse Al Consejero Presidencial Para La Reforma Institucional Las Siguientes Funciones: A) Colaborar, De Acuerdo Con Los Lineamientos E Instrucciones Que Le Imparta El Presidente De La República, En La Preparación De Anteproyectos Y En La Coordinación De Los Estudios Que Se Requieran Para La Elaboración De Las Propuestas Relacionadas Con Las Reformas A La Justicia Y Al Ministerio Público; B) Recomendar, De Acuerdo Con Las Instrucciones Que Le Imparta El Presidente De La República, Los Mecanismos Que Considere Más Indicados Para La Difusión Y Discusión De Las Reformas Propuestas; C) Examinar, Bajo Las Instrucciones Que Le Imparta El Presidente De La República, Los Mecanismos Que Puedan Facilitar El Establecimiento De Canales De Información Y De Comunicación, Entre El Ejecutivo Y La Rama Jurisdiccional, En Lo Referente A Las Iniciativas De Reforma Y Requerimientos De La Rama, Y Formular Las Recomendaciones Que Juzgue Oportunas; D) Coordinar Las Acciones Que Considere Necesarias, De Acuerdo Con Las Instrucciones Que Le Imparta El Presidente De La República, Para Propiciar La Cooperación Internacional Dirigida Al Fortalecimiento De La Administración De Justicia; E) Asesorar Al Presidente De La República En La Elaboración De Los Proyectos Y En La Realización De Los Estudios Relacionados Con Reformas A Las Disposiciones Existentes Sobre Orden Público, La Intervención Del Estado En La Economía, La Planeación, Y El Control Fiscal, Tanto En Sus Aspectos Constitucionales Como Legales; F) Recomendar Al Presidente De La República La Adopción De Aquellos Instrumentos Que Puedan Permitir Una Mayor Armonización En Las Relaciones Entre Las Ramas Del Poder Público Y Que Faciliten La Cooperación En El Ejercicio De Sus Funciones; G) Cumplir Las Demás Funciones Que Le Asigne El Presidente De La República, Para El Logro De Los Propósitos De Reforma Institucional

Decreto 1879 de 1990 · por el cual se nombra Consejero Presidencial para la Reforma Institucional y se asignan usas funciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Asígnanse al Consejero Presidencial para la Reforma Institucional las siguientes funciones

a)

Colaborar, de acuerdo con los lineamientos e instrucciones que le imparta el Presidente de la República, en la preparación de anteproyectos y en la coordinación de los estudios que se requieran para la elaboración de las propuestas relacionadas con las reformas a la Justicia y al Ministerio Público;

b)

Recomendar, de acuerdo con las instrucciones que le imparta el Presidente de la República, los mecanismos que considere más indicados para la difusión y discusión de las reformas propuestas;

c)

Examinar, bajo las instrucciones que le imparta el Presidente de la República, los mecanismos que puedan facilitar el establecimiento de canales de información y de comunicación, entre el Ejecutivo y la rama Jurisdiccional, en lo referente a las iniciativas de reforma y requerimientos de la Rama, y formular las recomendaciones que juzgue oportunas;

d)

Coordinar las acciones que considere necesarias, de acuerdo con las instrucciones que le imparta el Presidente de la República, para propiciar la cooperación internacional dirigida al fortalecimiento de la administración de justicia;

e)

Asesorar al Presidente de la República en la elaboración de los proyectos y en la realización de los estudios relacionados con reformas a las disposiciones existentes sobre orden público, la intervención del Estado en la economía, la planeación, y el control fiscal, tanto en sus aspectos constitucionales como legales;

f)

Recomendar al Presidente de la República la adopción de aquellos instrumentos que puedan permitir una mayor armonización en las relaciones entre las Ramas del Poder Público y que faciliten la cooperación en el ejercicio de sus funciones;

g)

Cumplir las demás funciones que le asigne el Presidente de la República, para el logro de los propósitos de reforma institucional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1879 de 1990