ARTICULO 3o. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, expedirá las credenciales correspondientes para las personas que participen en la realización del Censo y autorizará mediante salvoconducto la movilización de las personas que deban desplazarse en esa fecha. Los salvoconductos serán de tres clases: 1o. Para automotores, de libre movilización total. Su tamaño será de 0,20 x 0,15 cm de color rosado con una franja de color magenta y la palabra SALVOCONDUCTO impresa en letras blancas. 2o. Para personas naturales, de libre movilización de un lugar a otro. Su tamaño será de 0,13 x 0,11 cm de color rosado con una franja de color magenta y la palabra SALVOCONDUCTO impresa en letras blancas. 3o. Especiales para prensa de libre movilización total. Su tamaño será de 0,13 x 0,11 cm de color rosado con una franja de color magenta y las palabras SALVOCONDUCTO PRENSA impresas en letras blancas.
Decreto 2109 de 1993 →In force
Article 3
O
Decreto 2109 de 1993 · Por el cual se regula la realización del XVI Censo Nacional de Población y V de Vivienda.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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