Continuidad de la incorporación y la remuneración. La incorporación de los servidores a los nuevos cargos que se crean en el artículo segundo del presente Decreto. se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su publicación. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente. hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Decreto 880 de 2020 →In force
Article 4
Continuidad De La Incorporación Y La Remuneración
Decreto 880 de 2020 · Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras" y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.