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Article 2

Decreto 2422 de 1997 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Asesor de Política para la Microempresa de que trata el artículo 3° de la Ley 78 de 1988.

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01

Text of the article

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° . Funciones . El Consejo Asesor de Política para la Microempresa, desarrollará las funciones que se enumeran a continuación

1.

Definir y formular políticas generales de fomento de la microempresa.

2.

Articular los diferentes programas de fomento de la microempresa, que se ejecuten dentro del marco general de la política del Gobierno.

3.

Procurar el establecimiento de medidores o indicadores de impacto de los programas de fomento de la microempresa.

4.

Definir y formular políticas de desarrollo tecnológico, transferencia de tecnología y mejoramiento de la competitividad de las microempresas.

5.

Evaluar periódicamente los programas de fomento de la microempresa y proponer correctivos.

6.

Asesorar al Ministerio de Desarrollo Económico, en la estructuración de los programas de fomento de la microempresa.

7.

Conformar y reglamentar Consejos Regionales, en las cinco regiones Corpes en que se encuentra dividido el país.

8.

Procurar la participación de los sectores público y privado en los programas de fomento de la microempresa.

9.

Adoptar sus estatutos internos.

10.

Las demás, compatibles con su naturaleza, orientadas al fomento de las microempresas en Colombia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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