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Article 1

Ley 105 de 1968 · Por la cual se crean los cargos necesarios de la Comisión Interparlamentaria Permanente de Vigilancia de Obras Públicas Nacionales, creada por la Ley 141 de 1948, se fijan sus asignaciones y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para el necesario desempeño de sus funciones la Comisión Interparlamentaria de Vigilancia de las Obras Públicas Nacionales, de que trata la Ley 141 de 1948 , funcionará con el mismo personal de empleados de la Comisión Sexta Constitucional Permanente de las Cámaras Legislativas, y sus asignaciones serán las mismas que rigen para esta Comisión.

Parágrafo

La Comisión de la Mesa Directiva, a que se refiere el presente artículo, reglamentará las funciones correspondientes a cada empleado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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