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Article 60

El Funcionario Competente Rechazará El Depósito Del Pacto Colectivo En Los Siguientes Casos: A) Cuando No Reúna Los Requisitos Previstos En El Artículo Anterior; B) Cuando No Esté Acompañado De La Certificación Del Inspector De Trabajo Que Acredite El Cumplimiento De Lo Consagrado En Los Artículos 47 Y 48 Del Presente Decreto; C) Cuando No Se Acompañen Los Documentos Que Acrediten El Cumplimiento De Los Trámites Previos A Su Celebración, Y D) Cuando Se Demuestre Que En La Respectiva Empresa Se Ha Firmado Convención Colectiva Con Sindicato O Sindicatos Cuyos Afiliados Exceden De La Tercera Parte Del Total De Los Trabajadores De Las Mismas

Decreto 1469 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones laborales

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01

Text of the article

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El funcionario competente rechazará el depósito del pacto colectivo en los siguientes casos

a)

Cuando no reúna los requisitos previstos en el artículo anterior;

b)

Cuando no esté acompañado de la certificación del Inspector de Trabajo que acredite el cumplimiento de lo consagrado en los artículos 47 y 48 del presente Decreto;

c)

Cuando no se acompañen los documentos que acrediten el cumplimiento de los trámites previos a su celebración, y

d)

Cuando se demuestre que en la respectiva empresa se ha firmado convención colectiva con sindicato o sindicatos cuyos afiliados exceden de la tercera parte del total de los trabajadores de las mismas.

02

Constitutional history

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