Artículo segundo . La verificación de los pagos a que se refiere el artículo anterior, en. cada caso particular, se consignará en actas individuales, en las cuales consten, además de los datos de rigor acostumbrados, las fechas de las sentencias y de sus ejecutorias, y la manifestación juramentada del beneficiario de que por concepto de esa cancelación no ha pagado ni pagará comisiones de ningún género a intermediarios de ninguna dase. Estas actas se extenderán ante el Inspector del Trabajo del lugar donde se verifique el pago, quien las suscribirá con el Ingeniero Jefe .del Distrito de Obras Públicas del Huila y el ex-trabajador que recibe.
Decreto 785 de 1961 →In force
Article 2
Decreto 785 de 1961 · Por el cual se reglamenta a el pago de la suma apropiada en el artículo 31242, Capitulo 3109,proyecto 18, del Presupuesto Nacional vigente
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.