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Article 2.14.17.3

Respuesta De La Unidad Administrativa Especial De Gestión De Restitución De Tierras Despojadas Y Del Incoder Sobre Bienes Con Declaratoria De Extinción Del Dominio

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

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Respuesta de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas y del Incoder sobre bienes con declaratoria de extinción del dominio. Una vez entregado el listado de bienes con declaratoria de extinción del dominio, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, dentro de un plazo de sesenta (60) días hábiles, informará a la Sociedad de Activos Especiales S. A.S. (SAE S. A.S), y al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -Incoder, cuáles están vinculados a procesos de restitución, con el propósito de que se asegure su destinación a la restitución, en caso de que el juez llegare a ordenarla, y qué predios requiere para la compensación de las víctimas, de acuerdo a los fallos judiciales en firme que existan a la fecha.

(Decreto número 698 de 2013, artículo 3°)

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Constitutional history

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