Si en virtud del concordato quedan pagados o asegurados todos los créditos reconocidos, o si así lo solicita la totalidad de los acreedores admitidos, en la misma providencia de homologación se declarará terminado el proceso mercantil; pero el proceso penal continuará hasta su terminación. CAPITULO IX Régimen penal de la quiebra
Article 76
Si En Virtud Del Concordato Quedan Pagados O Asegurados Todos Los Créditos Reconocidos, O Si Así Lo Solicita La Totalidad De Los Acreedores Admitidos, En La Misma Providencia De Homologación Se Declarará Terminado El Proceso Mercantil; Pero El Proceso Penal Continuará Hasta Su Terminación
Decreto 2264 de 1969 · Por el cual se expide y pone en vigencia el Título de Concordato Preventivo y Quiebra del Proyecto de Código de Comercio
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