º. Al personal de empleados públicos docentes, se le reconocerán las prestaciones sociales y factores salariales establecidos para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional.
El personal de empleados públicos docentes tiene derecho a treinta días (30) de vacaciones por cada año completo de servicios, de los cuales quince días (15) serán hábiles continuos y quince días (15) calendario.