º. Desde la fecha del presente Decreto funcionará en el Ministerio de Educación Nacional una Junta formada por representantes del mencionado Ministerio y los de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Guerra y Agricultura y Comercio, encargada de estudiar y resolver sobre las licencias que se soliciten al Gobierno de Colombia por expediciones científicas que deseen visitar el territorio nacional, inspeccionar la idoneidad de tales expediciones y sus actividades, prestar toda su cooperación a tales expediciones y nombrar el personal colombiano que deba de acompañarlas.
Article 1
Desde La Fecha Del Presente Decreto Funcionará En El Ministerio De Educación Nacional Una Junta Formada Por Representantes Del Mencionado Ministerio Y Los De Relaciones Exteriores, Hacienda Y Crédito Público, Guerra Y Agricultura Y Comercio, Encargada De Estudiar Y Resolver Sobre Las Licencias Que Se Soliciten Al Gobierno De Colombia Por Expediciones Científicas Que Deseen Visitar El Territorio Nacional, Inspeccionar La Idoneidad De Tales Expediciones Y Sus Actividades, Prestar Toda Su Cooperación A Tales Expediciones Y Nombrar El Personal Colombiano Que Deba De Acompañarlas
Decreto 1060 de 1936 · Por el cual se reglamenta la entrada al país de expediciones científicas, sus actividades en Colombia, y se designa una Comisión
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