JurídicoESEN

Article 23

Decreto 1014 de 1978 · Por el cual se fija el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de cargos para los empleados públicos que desempeñan las funciones correspondientes a las distintas categorías de empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se fijan reglas para el reconocimiento de sus prestacione

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De la jornada ordinaria nocturna. Los empleados públicos que deban trabajar ordinariamente en jornadas que incluyan horas entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente, tendrán derecho a percibir la remuneración básica por hora fijada por la ley para su empleo, más un recargo del treinta y cinco por ciento (35%) sobre dicha remuneración, respecto del tiempo laborado en jornada nocturna. Se exceptúan de este recargo los empleados de tiempo parcial.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1014 de 1978