DEL TRABAJO ORDINARIO EN DÍAS DOMINICALES Y FESTIVOS . Los empleados de la Contraloría General de la República que en razón de la naturaleza de su trabajo deban laborar habitualmente los días de vacancia tendrán derecho a una remuneración equivalente al doble del valor de un día de trabajo por cada día de vacancia laborado, más el disfrute de un día de descanso compensatorio, sin perjuicio de la remuneración ordinaria a que tenga derecho el funcionario por haber laborado el mes completo. Serán días de vacancia los fijados en el artículo 14 del Decreto-ley 929 de 1976.
Decreto 720 de 1978 →In force
Article 38
Del Trabajo Ordinario En Días Dominicales Y Festivos
Decreto 720 de 1978 · Por el cual se establece el sistema de clasificación y nomenclatura de los empleos de la Contraloría General de la República, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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