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Article 5

Todas Las Entidades, Funcionarios Civiles Y Militares, Y Los Administradores De Rentas Públicas, Recopilarán En Cuadros Especiales, Con La Debida Separación De Los Distintos Municipios Y De Los Diversos Ramos A Que Se Refieren, Los Datos Estadísticos Que Les Sean Pedidos Por La Dirección General O Por Las Direcciones Subalternas

Decreto 690 de 1916 · En ejecución y desarrollo de la Ley 63 de 1914, sobre estadística nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Todas las entidades, funcionarios civiles y militares, y los administradores de rentas públicas, recopilarán en cuadros especiales, con la debida separación de los distintos Municipios y de los diversos ramos a que se refieren, los datos estadísticos que les sean pedidos por la Dirección General o por las Direcciones Subalternas. De cada uno de esos cuadros y estados formarán mensualmente dos ejemplares para enviar uno a la Dirección Subalterna en los diez primeros días del mes siguiente a la que se refiere el cuadro, y el otro lo conservarán en el archivo de la oficina.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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