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Article 7

Decreto 2013 de 1997 · por el cual se crea el Comité Interinstitucional de Adaptación Laboral del Sector Público.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° . Secretaria técnica. La secretaria técnica cumplirá las siguientes funciones

1.

Preparar y presentar al Comité Interinstitucional de Adaptación Laboral, en acuerdo con la Coordinación Nacional el plan de trabajo respectivo y su cronograma de ejecución.

2.

Brindar a los Comités de Adaptación y al Comité Interinstitucional de Adaptación Laboral, la información actualizada sobre el estado de las tendencias de las ocupaciones del mercado laboral con el propósito de orientar a los servidores públicos en áreas de ocupación prioritaria que demande el sector productivo.

3.

Mantener oportuna y eficaz comunicación con los Comités de Adaptación Laboral, principalmente en lo relacionado con la necesidad de capacitación, orientación ocupacional e ingreso de los beneficiarios en el Sistema de Información para el Empleo.

4.

Coordinar la ejecución de los programas individuales de Adaptación Laboral.

5.

Promover en asocio con la Coordinación Nacional de que habla el artículo 2 de este decreto, las acciones de adaptación, reconversión y recalificación de los servidores públicos inscritos a través de cursos de capacitación específica que les permita reinsertarse adecuadamente en el sistema laboral, o emprender actividades por cuenta propia.

6.

Proporcionar a los Comités de Adaptación Laboral información sobre las entidades ejecutoras y programas de capacitación y adaptación laboral, con el propósito de facilitar las decisiones para el desarrollo de los programas de Adaptación Laboral.

7.

Promover y coordinar los procesos de validación ocupacional y certificación ocupacional, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos institucionalmente para este fin.

8.

Promover acciones de capacitación para formadores de las entidades vinculadas al Servicio de Adaptación Laboral, objeto de aplicación del presente decreto, a las organizaciones no Gubernamentales, objeto de aplicación del presente decreto con el propósito de transferir las metodologías de orientación ocupacional.

9.

Inscribir a los beneficiarios del Servicio de Adaptación Laboral que así lo deseen, en el Sistema de Información para el empleo, con el propósito de facilitar su reinserción en el mercado laboral.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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