Contra las resoluciones que dicte el gerente, en todos los asuntos de su competencia, solo procederá el recurso de reposición surtido el cual, se entenderá agotada la vía gubernativa. Si la providencia contra, la cual se interponen el recurso ha sido proferida por la junta directiva o aprobada por ella, conforme a estos estatutos, la reposición se interpone ante el gerente, pero la providencia que lo resuelve deberá ser aprobada también por la junta directiva. Salvo lo que las normas vigentes dispongan, contra los actos que establezcan situaciones jurídicas generales no procede recurso alguno; contra los que contemplen situaciones, individuales y concretas solo procede el recurso de reposición, en la forma indicada, sin perjuicio de las acciones contencioso-administrativas a que haya lugar. No será necesario interponer el recurso de reposición para intentar las acciones contencioso-administrativas que sean procedentes.
Decreto 2368 de 1972 →In force
Article 29
Contra Las Resoluciones Que Dicte El Gerente, En Todos Los Asuntos De Su Competencia, Solo Procederá El Recurso De Reposición Surtido El Cual, Se Entenderá Agotada La Vía Gubernativa
Decreto 2368 de 1972 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Regional Autónoma para la Defensa de las ciudades de Manizales, Salamina y Aranzazu
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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