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Article 49

Decreto 512 de 1989 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y se establecen las funciones generales de la entidad específicas de sus dependencias.

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01

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De las Funciones de las Seccionales . Corresponde a las Seccionales del Departamento Administrativo de Seguridad

a)

Dirigir, coordinar y ejecutar las tareas de inteligencia y las actividades de protección, investigación, extranjería y administración de competencia del Departamento en las zonas que abarque su jurisdicción.

b)

Cumplir y hacer cumplir por el personal de la repartición las órdenes, instrucciones o indicaciones del Jefe del Departamento, el Subjefe, el Secretario General, el Director General de Inteligencia, los Jefes de las Oficinas Asesoras, y los Directores del Departamento.

c)

Informar al Subjefe del Departamento, sobre la marcha de la Seccional y a la Dirección General de Inteligencia sobre los sucesos de la jurisdicción, el desarrollo de los trabajos y el rendimiento del personal en esta área. Los informes a la Dirección General de Inteligencia deben suministrarse con la frecuencia necesaria cuando se presenten o puedan presentarse situaciones de alteración del orden público.

d)

Rendir informes mensuales y consolidados anuales a la Subjefatura, a la Secretaría General y a las Direcciones sobre los aspectos administrativos y operativos relacionados con las funciones que a cada una corresponda cumplir.

e)

Prestar los servicios de protección a personas e instalaciones con arreglo a las instrucciones y determinaciones de la Dirección respectiva.

f)

Prestar los auxilios de policía judicial, laboratorios, criminalística, e identificación a las autoridades judiciales y administrativas de la comprensión seccional, en la forma prevista por las disposiciones vigentes.

g)

Velar por la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la organización de la institución y vigilar la ejecución de los contratos que se celebren entre el Departamento o el Fondo Rotatorio y las entidades públicas, nacionales, departamentales o municipales, o con personas jurídicas o naturales, cuyo objeto deba cumplirse en ellas.

h)

Informar a la Subjefatura, a la Secretaría General y a las Direcciones según el caso, sobre el cumplimiento de comisiones, expedir certificaciones de permanencia y prestar colaboración a los comisionados para el éxito de las mismas.

i)

Autorizar la expedición de certificados judiciales y documentos de extranjería.

j)

Enviar a la Oficina de Informática los datos mensuales sobre las actividades adelantadas por la Seccional, a la Subjefatura y a las Direcciones aquellos que les permitan actualizar y ampliar sus registros, archivos operativos y centrales y coordinar el suministro, cruce, intercambio y actualización de informaciones.

k)

Cooperar con las autoridades nacionales, departamentales y municipales, de la zona, en las acciones destinadas a garantizar la conservación o restablecimiento del orden público, prevenir o reprimir la delincuencia, afianzar la seguridad y asegurar la paz.

l)

Administrar el personal, supervisar y controlar sus actividades, dirigir el bienestar, asistencia social y familiar, mantener la disciplina e imponer las sanciones indispensables, según lo dispuesto por las normas pertinentes y la política señalada por la Dirección de Recursos Humanos. ll) Cuidar y administrar los bienes oficiales, o los particulares que les sean confiados, y responder por el recibo, almacenamiento, uso y mantenimiento de armas, vehículos, enseres y demás objetos de la Seccional.

m)

Preparar el anteproyecto de presupuesto indispensable para la marcha de la Seccional y el plan de compras y adquisiciones, y solicitar anual o mensualmente a la Secretaría General el giro de las partidas que justificadamente requiera.

n)

Solicitar mensualmente a la Dirección Administrativa las dotaciones, elementos y especies que necesita la Seccional y enviar copia de los inventarios y movimiento de bienes. ñ) Recibir y administrar los aportes, participaciones o donaciones de los departamentos y municipios, con sujeción a las autorizaciones contenidas en presupuestos o contratos y a la distribución aprobada por la Secretaría General, tramitar en esta última dependencia las modificaciones y traslados y rendir mensualmente cuenta a la División Financiera del manejo de los aportes, participaciones o donaciones.

o)

Rendir mensualmente cuenta a la División Financiera del movimiento de la Pagaduría.

p)

Recibir y utilizar previa autorización de la Jefatura del Departamento, las sumas o elementos donados por particulares y dar cuenta de ello a la Secretaría General. En ningún caso el recibo o empleo de esas donaciones estará sometido a condiciones ajenas al normal cumplimiento de las funciones que al Departamento le señala la ley.

q)

Coordinar el remate de los bienes de la institución y de los decomisados con el lleno de las formalidades legales.

r)

Supervisar el funcionamiento de alojamientos, casinos y cafeterías y la ejecución de los programas culturales, sanitarios, deportivos y de recreación del personal.

s)

Recaudar, consignar, girar y rendir cuenta mensual a la División Financiera de los dineros que legalmente corresponden al Fondo Rotatorio del Departamento.

t)

Las demás que les señalen la ley y los reglamentos.

02

Constitutional history

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