Con excepción de la Hoja de Servicios Policiales, la cual deberá ser elaborada en papel sellado, los demás documentos que se requieran para la reclamación de prestaciones sociales de los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional se harán en papel común; a los interesados no se les podrá gravar en el cobro de copias, timbres, u otra clase de impuestos. Igualmente quedarán exentos de los impuestos de sucesión y donación los valores recibidos por concepto de auxilio de cesantía, compensaciones e indemnizaciones que se causen como consecuencia de las prestaciones establecidas en este Decreto.
Article 135
Con Excepción De La Hoja De Servicios Policiales, La Cual Deberá Ser Elaborada En Papel Sellado, Los Demás Documentos Que Se Requieran Para La Reclamación De Prestaciones Sociales De Los Oficiales Y Suboficiales De La Policía Nacional Se Harán En Papel Común; A Los Interesados No Se Les Podrá Gravar En El Cobro De Copias, Timbres, U Otra Clase De Impuestos
Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
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