° El título de deuda pública interna de que trata el artículo anterior se expedirá a la orden del Instituto de Seguros Sociales, ISS, y tendrá las mismas características y condiciones financieras señaladas en el artículo 2° de este Decreto.
Article 4
El Título De Deuda Pública Interna De Que Trata El Artículo Anterior Se Expedirá A La Orden Del Instituto De Seguros Sociales, Iss, Y Tendrá Las Mismas Características Y Condiciones Financieras Señaladas En El Artículo 2° De Este Decreto
Decreto 1226 de 1993 · por el cual se autoriza a la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, para que emita los títulos de deuda pública interna de que tratan los artículos 6° y 8° de la Ley 48 de 1990.
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