Inadmisión de la solicitud de devolución. La solicitud se inadmitirá en los siguientes casos:
Cuando se presente sin el lleno de los requisitos formales;
Cuando alguna declaración de retención en la fuente objeto de certificación no se haya presentado o adolezca de alguna de las causales para tenerla como no presentada de las no susceptibles de subsanar por la Administración Tributaria.
(Artículo 3°, Decreto 2860 de 2008)